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TESTAMENTOS​

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TESTAMENTOS

Testamento: Guía Rápida

Contenido del Testamento:

  • Distribución de bienes, designación de herederos y legados.
  • Limitaciones como la legítima deben ser consultadas en la Notaría.
  • Designación de tutores, administradores o albaceas para menores o incapacitados.

Conservación del Testamento:

  • El Notario conserva el original del testamento para evitar pérdidas o destrucciones.

Modificaciones al Testamento:

  • Puede modificarse total o parcialmente mediante un testamento posterior.
  • Válido el último testamento otorgado.

Sin Testamento:

  • La ley nombra herederos en ausencia de testamento.
  • Consulte en la Notaría para asesoramiento personalizado.

Certificado de Actos de Última Voluntad:

  • Información sobre el último testamento en el Registro General de Actos de Última Voluntad.
  • Emitido después de 15 días del fallecimiento.

Documentación Necesaria:

  • Documento de identidad.
  • Escrituras o títulos de propiedad si se desea especificar la distribución de bienes.
  • Documentos sobre identidad de personas designadas en el testamento.

Capacidad para Testar:

  • Los menores de catorce años y quienes carezcan de capacidad natural no pueden testar.
  • El Notario debe verificar la identidad y capacidad legal del testador.

Intervención de Facultativos:

  • El Notario puede solicitar la intervención de dos facultativos si lo considera necesario.
  • Certificación de suficiente capacidad y lucidez es requerida.

Testigos:

  • No son necesarios en el otorgamiento del testamento notarial, salvo para casos específicos.
  • No pueden ser testigos menores, incapaces, condenados por ciertos delitos, beneficiarios en el testamento, cónyuge, conviviente, o parientes cercanos.

Testamento Vital: Aspectos Básicos

Contenido del Documento:

  • Instrucciones para situaciones médicas críticas.
  • Designación de representante para decisiones médicas.
  • Decisiones post mortem como donación de órganos o destino del cuerpo.

Documentación Necesaria:

  • Documento de identidad del otorgante.
  • Datos identificativos del representante designado.

Registro:

  • Existe un Registro estatal y autonómico para estos documentos.
  • El Notario comunica la firma telemáticamente.

Entrega a Representante:

  • Se aconseja entregar copia a la persona designada como representante.